A través de la Resolución 1607/2023 emitida por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) se autorizó la asignación de un estímulo económico de carácter excepcional a favor de los prestadores de servicios de transportede personas con discapacidad. El estímulo económico será equivalente al 25% de la facturación presentada por el período julio 2023. Esta medida alcanza a las prestaciones de transporte brindadas a través del Programa Federal de Salud Incluir Salud de la ANDIS, de las obras sociales en el marco de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), y del PAMI para las prestaciones por discapacidad. El gasto que demande el estímulo económico de excepción será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20-01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN – Entidad 917 – AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD. Los motivos que llevaron a la ANDIS a tomar esta medida son: en primer lugar, se destaca que la ANDIS tiene como objetivo garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. En segundo lugar, se señala que el contexto económico actual ha generado mayores costos operativos para los prestadores de serviciosde transporte de personas con discapacidad. En tercer lugar, se reconoce que estos prestadores son, en su mayoría, emprendimientos unipersonales y/o de envergadura menor.La resolución es una medida importante para garantizar el acceso al transporte de personas con discapacidad. El estímulo económico ayudará a mitigar los efectos del contexto económico actual y a asegurar la continuidad operativa de las prestaciones de transporte.
Los aspectos más importantes de la resolución:
- Objetivo: Garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
- Destinatarios: Prestadores de servicios de transporte de personas con discapacidad.
- Monto: 25% de la facturación presentada por el período julio 2023.
- Alcance: Prestaciones de transporte brindadas a través del Programa Federal de Salud Incluir Salud de la ANDIS, de las obras sociales en el marco de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), y del PAMI para las prestaciones por discapacidad.
- Financiamiento: Con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20-01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN – Entidad 917 – AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
- Fundamento: El contexto económico actual ha generado mayores costos operativos para los prestadores de servicios de transporte de personas con discapacidad.
Fuente: Ámbito
Op: Rivero Cecilia