AFIP alertó sobre límites en transferencias propias y qué no hay que hacer para tener problemas en octubre

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció regulaciones específicas para las transferencias de dinero entre cuentas propias y billeteras virtuales durante octubre. Los detalles.

Los principales afectados son las personas que realizan transferencias entre cuentas bancarias o billeteras virtuales. En particular, aquellos sin ingresos formales deben tener especial cuidado con los límites establecidos por la AFIP.

Las nuevas regulaciones se encuentran en vigor desde octubre de 2024. Las mismas se aplican a todas las transferencias realizadas durante este mes y en adelante, y a todas las cuentas bancarias y billeteras virtuales en Argentina.

Cabe recordar que estas medidas forman parte de la Resolución General N° 4298, que busca mejorar la transparencia del sistema financiero.

AFIP: cuáles son las nuevas regulaciones de la entidad
Superar los límites de dinero sin justificación

Límite de $400.000 en movimientos para personas sin ingresos formales.
Transacciones superiores a $700.000 deben ser informadas.
No tener justificación del origen de los fondos

Mantener respaldo documental para todas las operaciones, incluso transferencias.

No responder a solicitudes del banco o fintech

La falta de respuesta puede resultar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.

Documentación que puede requerir la AFIP ante las nuevas regulaciones
A continuación, mencionamos todos los documentos que puede pedir la AFIP:

Boletas de compra y venta.
Documentos de venta de acciones o empresas.
Recibos de sueldo o comprobantes jubilatorios.
Facturación reciente.
Constancia de monotributo.
Certificado de fondos de un contador público.
Es recomendable mantener esta documentación organizada y accesible, ya que puede ser requerida en cualquier momento por la AFIP o la entidad financiera correspondiente.

Límites que establece la AFIP en billeteras virtuales
Desde octubre de 2024, la AFIP puede investigar a los usuarios de billeteras virtuales cuyos consumos o transferencias superen los $400.000.

Además, los saldos mensuales no deben exceder $700.000, ya que, de lo contrario, también quedarán bajo la lupa del organismo.