Los contratos de locación regidos por el ICL tuvieron un incremento anual del 243%

A pesar de que la ley de alquileres fue derogada a fines del año pasado por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei, los contratos que fueron pactados bajo la normativa por un plazo de tres años, siguen regulados por las condiciones anteriores: el ajuste es anual basado en el Índice de Contratos de Locación (ICL), elaborado por el Banco Central. Por lo que, en septiembre sufrirán un nuevo incremento en los valores de los contratos.

Desde el Colegio de Corredores Inmobiliarios de San Juan informaron que el incremento anual fue del 243,16%. Según esta última actualización del ICL, en números concretos, si un inquilino paga un alquiler de $200.000, a partir del próximo mes y por los siguientes 12 deberá abonar $686.312, mientras que el que paga $400.000 pasará a abonar $1.372.624 por mes. Un dato clave a tener en cuenta es que el ICL varía en forma diaria, por lo que, el aumento dependerá el día del mes en el que fue firmado el contrato para aplicar el ajuste correspondiente.

Dato

Desde que entró en vigencia, el ICL se caracterizó por tener un aumento constante, impulsado por la alta inflación. Sin embargo, septiembre trajo un cambio de tendencia: por primera vez en más de cuatro años, se desaceleró el incremento del ajuste por el que deberán aumentar los acuerdos de alquiler.

Cómo calcular el aumento del contrato

Existen varias páginas web que tienen diseñadas calculadoras para conocer el aumento de los alquileres. Una de ellas es, por ejemplo, la del Colegio de Corredores Inmobiliarios de San Juan. Para consultar el índice, los pasos son los siguientes:

Ingresar en el sitio web del Colegio de Corredores Inmobiliarios de San Juan que contiene una calculadora específicamente diseñada para conocer el aumento de los alquileres

En primer lugar, se debe colocar el valor inicial del alquiler. Luego se debe seleccionar la fecha de inicio del contrato y el usuario debe indicar cada cuántos meses se actualiza. Finalmente, deberá tildar el índice de actualización que se ajuste a su contrato, en este caso, ICL.

Fuente: Infobae

Rivero, C