Los reintegros por el programa Compre sin IVA ascienden a más de 150 millones de pesos

La devolución a las más de 18 millones de personas que utilizaron el programa alcanzó los $152.624 millones, según datos al 16 de noviembre. El programa podría ser convertido en Ley para 2024.

Los reintegros a las más de 18 millones de personas que utilizaron el programa Compre sin IVA ascendieron a $ 152.624 millones, según datos al 16 de noviembre dados a conocer este viernes por el Ministerio de Economía.

El monto de devoluciones implica un incremento mensual del 314,3% respecto de los $ 36.840 millones informados al 16 de octubre, debido tanto a la mayor cantidad de personas que acceden al programa como a un aumento de las operaciones promedio por persona.

En ese sentido, unos 2,5 millones de trabajadores informales que cobran el refuerzo especial para ese sector ingresaron al programa al inicio de esta semana.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Compre sin IVA establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas, con un tope de hasta $ 18.800, y alcanza, además de los ya señalados informales, a trabajadores que cobran salarios hasta $ 708.000, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), 2,3 millones de monotributistas que no perciben otro ingreso y 440.000 empleadas domésticas.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

De igual manera, quedan alcanzadas las compras con Tarjeta Alimentar o tarjetas emitidas a beneficiarios del programa Potenciar Trabajo.

«Medidas como esta cuidan el bolsillo de trabajadores, jubilados, autónomos y monotributistas con $ 67.800 millones que vuelven directamente al consumo interno» Sergio Massa.

El ministro de Economía, Sergio Massa, señaló que la medida apunta a que «de acá al 30 de diciembre, y si es ley definitivamente, puedan recibir también la devolución del IVA cuando realizan compras de alimentos, medicamentos, bebidas, carne, verdura, fruta, productos de higiene y productos de higiene del hogar«.

«Medidas como esta cuidan el bolsillo de trabajadores, jubilados, autónomos y monotributistas con $ 67.800 millones que vuelven directamente al consumo interno», subrayó Massa en octubre, en una publicación en la red social X (antes Twitter).

El programa fue reglamentado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 5418/2023, y comenzó a regir el 18 de septiembre último, en principio hasta el 31 de diciembre, ya que podría extenderse al año siguiente.

Proyecto de Ley para 2024

El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley para que el programa se mantenga en 2024, pero por un monto de hasta $ 23.000 mensuales.

La iniciativa obtuvo dictamen tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, a través de sus comisiones de Presupuesto y Hacienda.

El proyecto busca darle estatus de ley a la devolución del IVA de los productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos y que se transforme así en «un instrumento de política tributaria» de manera «permanente», explicó Massa al anunciar su envío al Congreso.

Señaló que el objetivo es que «si es ley, definitivamente, puedan recibir también la devolución del IVA cuando realizan compras de alimentos, medicamentos, bebidas, carne, verdura, fruta, productos de higiene y productos de higiene del hogar».

La iniciativa obtuvo dictamen tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, a través de sus comisiones de Presupuesto y Hacienda.

El artículo 1º establece que los beneficiarios serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

Se suman trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM); los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares; y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes encuadrados en la Ley 24.977.

Además, el proyecto precisa que «están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo».

Por último, se establece que «el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentariapara un hogar tipo 2, vigente en cada mes».

Fuente: TÉLAM Por: Graciela Herrera